¡NO AL FRAUDE LABORAL!
1.- ¿QUÉ ES EL FRAUDE LABORAL?
El denominado FRAUDE LABORAL, es la ilegal, arbitraria e inhumana delegación de tareas propias de una empresa, institución pública o privada a otras personas (tercerizadoras), las cuales contratan a gente, hombres y mujeres(tercerizados), en condiciones de total precariedad, sin que estos gocen de la protección que establecen las leyes laborales en vigencia como: el respeto a la Jornada Laboral de 8 horas, el pago de horas extras, vacaciones, bono de antiguedad, seguros de salud, aportes a las AFPs, etc. Con la única intención de “abaratar” costos laborales o de mano de obra y maximizar las ganancias de empresarios e intermediarios.
- El FRAUDE LABORAL tiene diferentes formas y denominaciones como: La tercerización, subcontratación, eventualidad, consultorías en línea, micro-empresas, externalización del trabajo, delegación, trabajo a destajo, trabajo familiar, etc.
- Este FRAUDE LABORAL es operado desde las denominadas “Agencias de Empleo”, las ONGs, el Estado en los Ministerios, Alcaldías, Prefecturas, etc. y las Empresas privadas, inclusive “Agencias de Cooperación” a nivel internacional.
- En el fondo, este FRAUDE LABORAL, es la aplicación actual de la “flexibilización laboral” impuesta por el 21060 y resistida por trabajadores y trabajadoras, particularmente del sector fabril.
- Estas formas de trabajo son DISCRIMINATORIAS y contrarias a las disposiciones contempladas en la CPE y la leyes laborales que determinan que TODOS LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS somos iguales ante la ley y la sociedad.
- Las y los trabajadores que somos afectados por el FRAUDE LABORAL, estamos considerados, nosotros y nuestras familias, como personas de segunda o tercera categoría.
2.- ¿EN QUÉ TIPOS DE TRABAJOS SE IMPLEMENTA EL FRAUDE LABORAL?
- En la actualidad, el fraude laboral se encuentra en todas las actividades manuales e intelectuales, desde albañiles, electricistas, plomeros, hasta médicos, ingenieros, abogados, informáticos, de vigilancia, de limpieza, periodistas, profesores universitarios, auditores, trabajan bajo estas modalidades ilegales de trabajo.
3.- ¿CUÁNTA GENTE FORMA PARTE DE ESTAS FORMAS DE TRABAJO PRECARIZADO?
- En 1997, según la “Encuesta Nacional de Empleo III”, existían 3.569.741 trabajadores y trabajadoras, se estima que hoy se supera fácilmente los 5.000.000
- De los cuales solo el 25% tiene un contrato laboral, el resto son cuentapropistas, trabajo en familia, tercerizados, eventuales, a plazo fijo, por obra o consultores.
- Como un dato significativo, se estima que el 75% de los profesionales, no profesionales y otros que trabajan a nivel de los Ministerios y sus dependencias regionales, están contratados como “consultores en línea o externos”, los mas llamativos son en el área de salud.
- De estos 5.000.000 de trabajadores y trabajadoras solamente el 15% se encuentra sindicalizado.
- En Bolivia más del 70% de la gente en edad de trabajar (aproximádamente 6.000.000), se encuentra en estas condiciones, sin tomar en cuenta a niños y menores de 18 años.
- De este universo laboral, la mayoría son mujeres y jóvenes entre los 18 y 25 años.
4.- ¿EXISTEN LEYES QUE PROHIBEN EL FRAUDE LABORAL?
- Si, empezando del Art. 31 de la LGT, los Convenios 159 y 169 de la OIT, varios Decretos Supremos y Resoluciones Ministeriales y en particular el D.S. 521 del 1 de mayo del 2009 promulgado por el actual gobierno y los Arts. 46, 48, 49, 51 de la Constitución Política del Estado, los cuales prohiben todo tipo de discriminación laboral y social y garantizan la libertad de organización para recuperar y defender los derechos.
5.- ¿EN QUÉ INSTANCIAS SE APLICA EL FRAUDE LABORAL?
- En primer lugar el estado, en todos sus niveles, Ministerios, Gobernaciones, Municipios, empresas productivas, YPFB, fabriles, etc.
- Organismos No Gubernamentales (ONGs), donde las consultorías son normales, hace mas de 20 años en algunos casos
- Organismos Financieros y de “Cooperación”, inclusive organismos supranacionales, como algunas dependientes de la OEA
- Empresa privadas de todo tipo, donde se estima que desde 1985, solo el 20% tiene todos los derechos, el restante 80% está sujeto a contratos eventuales. Micro empresas, por obra terminada, a destajo, trabajo familiar a domicilio o la doble y hasta triple planilla
6.-¿ QUE SE DEBE HACER PARA ELIMINAR EL FRAUDE LABORAL?
- Informarnos sobre esta realidad que afecta a la gran mayoría de la población trabajadora.
- Difundir esta información en todos los sectores laborales
- Involucrar a instancias estatales y de Defensa de los Derechos Humanos a nivel local y nacional
- Crear espacios de reflexión, propuestas y movilización en todos los sectores y regiones
- ORGANIZARNOS para defender y recuperar nuestros derechos
¡¡ NO A LA DISCRIMINACIÓN LABORAL !!
¡¡ TODAS Y TODOS SOMOS IGUALES ANTE LA LEY !!
¡¡ NO A LOS CONTRATOS CHATARRA !!
¡¡ A ORGANIZARNOS Y MOVILIZARNOS ¡¡